Sindicato Nacional de Trabajadores Copec
Ley del Teletrabajo, toda su regulación

El Teletrabajo en Chile ya está regulado. No obstante, este proceso partió hace mucho tiempo. El 20 de noviembre 2018, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto en general y de allí, no se discutió más. Hasta el estallido social del 18 de octubre de 2019 y, posteriormente, la crisis sanitaria a raíz del Coronavirus.

Pero, ¿Qué implica este rápido avance?, ¿de qué trata?, ¿el teletrabajo está realmente regulado en Chile?

Según la nueva ley,  el Teletrabajo “faculta al trabajador a prestar sus servicios total o parcialmente desde su domicilio u otro lugar distintos de los establecimientos de la empresa”.

Esta regulación mantiene las condiciones laborales que tienen los trabajadores presenciales. Recordemos que estas, se encuentran reguladas en el Código del Trabajo. Dentro de las condiciones a considerar son: el Contrato de trabajo, descanso, colaciones, seguridad personal, sindicato, horarios de trabajo, entre otras.

Por ello, la nueva ley del Teletrabajo en Chile, se implementará según los acuerdos que pacten trabajador y empleador. 

Dirección del Trabajo: regulación sobre Teletrabajo en Chile

Hasta que fue promulgado el Teletrabajo, la Dirección del Trabajo, ya lo reconocía como “la figura del trabajo desde el propio hogar o desde un lugar libremente elegido”. El también denominado “trabajo a distancia”, se considera como el “realizado a través de medios informáticos o de telecomunicaciones”.

Para todos aquellos que “teletrabajan” actualmente, son contratados bajo el artículo 22 del Código del Trabajo. Esta es la norma utilizada para hacer el contrato de trabajo, debido a que “la supervisión de su trabajo (del Teletrabajo) se realiza en base a metas”, según indica el sitio web Mi Derecho Laboral.

No obstante, todo ello cambió con la nueva ley del teletrabajo en Chile.

Beneficios de implementar el Teletrabajo

Tener un horario flexible: Dependiendo del día, los trabajadores pueden trabajar 6 horas o 16 horas.  De acuerdo con las tareas que pacten trabajador-empleador, podrán elegir los días y horas según ambas partes.

Comodidad de trabajar desde casa: El tiempo y el esfuerzo necesarios para vestirse adecuadamente para la jornada laboral, empacar un almuerzo o salir a comer. Las distracciones de los compañeros de trabajo, entre otros.  Trabajar remotamente elimina todas esas pérdidas (si es que así las consideras).

Mayor productividad: Según estadísticas, más del 77% de los profesionales se sienten más productivos cuando trabajan de forma remota. Además, un 30% dice que tienden a producir más en menos tiempo cuando trabajan desde casa. Ello por menores distracciones y un mayor grado de autonomía sobre su rutina diaria.

Ahorro de dinero: Los desplazamientos requieren tiempo y dinero. Tiempo en que el trabajo ya podría haberse comenzado y dinero que fácilmente se puede gastar en otro lugar.

Mas oportunidades: Para los empleadores hay más opción en recurrir a personal de todas partes del mundo. Esto abre la oportunidad de entregar servicios a clientes de manera remota ya sea en territorio nacional o internacional.

Teletrabajo: Una opción frente al Coronavirus

Con este escenario hace preguntarnos, ¿limitarán el tránsito a los puestos de trabajo?, ¿será factible el Teletrabajo? Una respuesta a esta interrogante, ya lo dió la crisis social del 18 de octubre. Posterior a esa fecha, muchas empresas implementaron el homeoffice. Según Randstad un 48% de las empresas en Chile impulsó el teletrabajo entre sus trabajadores durante la primera semanas de crisis.

De acuerdo al sondeo, aplicado a 440 compañías de diferentes rubros, el 31% de las firmas ya tenía implementado el teletrabajo como opción, consignó Diario Financiero.
Las ventajas más destacadas por el estudio apuntan a:

  • Un mayor equilibrio entre la vida laboral-familiar (23%).
  • Aumento en la capacidad para atraer y retener talento (17%).
  • Crecimiento de los índices de productividad (17%).
  • Ventaja de reducción de los costos, tanto para la compañía como para el trabajador (16%).

Por tanto, si ya se se implementó en ese momento de crisis, ¿será una buena opción?

¿Qué es lo nuevo de la ley del Teletrabajo?

El 24 de marzo de 2020, el presidente de Chile Sebastián Piñera, promulgó el proyecto para la regulación del Teletrabajo. Los puntos a destacar son:

  • Debe existir un contrato de trabajo o un anexo al contrato actual. En el, debe puntualizar el lugar y la jornada laboral que será pactado en el teletrabajo.
  • Esta ley se rige por las reglas de la jornada laboral. El teletrabajador ejercerá laborales por las horas laborales legales.
  • Se puede combinar el trabajo a distancia con trabajo presencial.
  • Los trabajadores acceden a los derechos individuales y colectivos del Código del Trabajo.
  • Trabajador y empleador podrá hacer volver a las condiciones originales del primer contrato de trabajo.
  • El empleador deberá respetar el derecho a desconexión. Este asegura que trabajadores no sean obligados a responder comunicaciones, órdenes u otros requerimientos a jefes.
  • Los equipos, las herramientas y los materiales para Teletrabajo, son proporcionados por el empleador.
  • El trabajador no podrá ser obligado a usar sus propios objetos de trabajo. Si sucede lo contrario, los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos serán a cargo del empleador.
  • El empleador deberá informar por escrito al trabajador sobre los riesgos que tienen sus labores. Además de las medidas preventivas.
  • Por último, según el Articulo 152 quarter J, el teletrabajo estará sujeto a las reglas generales de la jornada de trabajo. Por tanto:
    “El empleador deberá implementar a su costo un mecanismo de cotrol fidedigno de registro de cumplimiento de jornada de teletrabajo, conforme a lo prescrito en el artículo 33”.

Por tanto, todo empleador, debe contar con un sistema de control o registro de asistencia para hacer cumplir la jornada de trabajo incluso con Teletrabajo en Chile.

Fuente: Geo Victoria

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