Desde el miércoles 30 de diciembre de 2020, ya no será necesario presentar una orden médica para realizarse el examen de Reacción de Polimerasa en Cadena, o PCR, que detecta el SARS CoV-2 (COVID-19). Esto, luego que la Superintendencia de Salud oficiara a las isapres de que ya no podrán exigir tal documento.
De esta forma las instituciones de salud previsional no podrán exigir la orden médica profesional para efectos de reembolsar o adquirir órdenes de atención que se requieran para hacerse el citado examen.
Las isapres, además, deberán informar a sus afiliadas y afiliados de esta medida a través de sus canales de comunicación como correo electrónico, página web o fono consulta. El Oficio Circular también señala que las instituciones deberán precaver "que los prestadores en convenio; los soportes o plataformas de venta electrónica de bonos; y los beneficios adicionales vigentes, relativos al examen, habiliten y/o hagan efectiva de modo inmediato la excepción comunicada".
El examen de PCR se podrá solicitar sin la orden médica, mientras dure la Alerta Sanitaria decretada por el brote del COVID-19.
NOTA IMPORTANTE: Se otorgará 100% de bonificación siempre y cuando la prestación se realice en prestadores en convenio con la Isapre (depende de cada Isapre y en algunas es libre elección).
Fuente Gobierno de Chile