Sindicato Nacional de Trabajadores Copec
Cuota Sindical

¿Cuánto es el aporte sindical obligatorio?


Esto significa que, al empleado, de su sueldo bruto le descuentan el
2.5% sindical.

¿Qué son cuotas sindicales obligatorias?


Las cuotas sindicales son las aportaciones económicas que realizan las
y los trabajadores para poder llevar a cabo el trabajo en el sindicato
y pagar honorarios, por ejemplo, del abogado que los asesora
legalmente.

Normalmente se establece del 1 al 3 % sobre el salario de cada
trabajador; es decir, se toma como base el resultado de las
percepciones menos las deducciones; el resultado es multiplicado por
el porcentaje y la empresa está obligada a entregar un listado en
donde se desglose el pago de los trabajadores.

¿Cuál es la cuota sindical en Chile?


Cuota sindical ordinaria: son aquellas fijadas en los estatutos
sindicales y de carácter obligatorio para sus afiliados, de
conformidad al artículo 260 del CT e inciso primero del artículo 261
del CT. Esta podrá destinarse en todo o en parte para financiar el
funcionamiento del Sindicato y sus actividades.

ORD. N°418

1.- Los trabajadores que se desafiliaron de su sindicato con
posterioridad a la negociación colectiva iniciada por dicha
organización, están obligados a cotizar a favor de esta la cotización
ordinaria mensual, según el valor que hubiere tenido al momento de la
presentación del respectivo proyecto de contrato colectivo, sin que
sea jurídicamente procedente considerar sus posteriores variaciones.


2.- Una vez verificado el correspondiente requerimiento por la
organización sindical respectiva, el empleador está obligado a
efectuar los descuentos aludidos, sin que resulte viable su
cuestionamiento, debiendo limitarse a aplicar dichas deducciones y a
depositar los montos respectivos en la cuenta corriente o de ahorro de
la organización. Lo anterior no obsta a que sean los propios
trabajadores afectados los que requieran la devolución de lo
descontado en exceso por concepto de cuota sindical al directorio de
la organización, sin perjuicio del derecho que les asiste de someter
el asunto a conocimiento de los Tribunales de Justicia.