Renovación del Directorio 2018-2020

Se abre el período de renovación del Directorio para el 2018 al 2020 de nuestro Sindicato Nacional de Trabajadores Copec.

Entre el 23 y el 25 de Julio (hasta las 13:00 Hrs.) se podrá realizar la votación vía electrónica a través de cualquier dispositivo (PC, Tablet, Móvil) simplemente con su RUT. Hacemos un llamado a inscribirse si desean ser parte de la nueva directiva sobre todo a mujeres para cumplir con la Ley 20.296.

Nuestros candidatos:

  • Christian Fraga, Planta Maipú.
  • Eugenio Valderrama, Planta Maipú.
  • Francisco Moya, Planta Pureo.
  • Francisco Cortés, Planta Oxiquim Coronel.
  • Luis Benavides, Subgerencia de Operaciones Comerciales Santiago.
  • Paula Guzman,Subgerencia de Logística.
  • José Moreno, Subgerencia de Logística Bluemax – Lubricantes.

ARTÍCULO 8º: Para ser candidato a director, el/la socio/a interesado/a deberá hacer efectiva su postulación entregándola por escrito, ya sea personalmente o por carta certificada o por correo electrónico, al secretario. En su ausencia se seguirá el siguiente orden de prelación: presidente, tesorero y cualquiera de los directores, no antes de 15 días ni después de 2 días anteriores a la fecha de la elección. 

(FECHA DE PRESENTACIONES DE CANDIDATURAS Y PROMOCIÓN PERSONAL SERÁ DESDE EL DÍA VIERNES 6 DE JULIO AL DÍA VIERNES 20 DE JULIO COMO MÁXIMO)  

RECUERDE PARA ESTE PROCESO SERA EN FORMA AUTOMÁTICA 

El dirigente que recepcione las candidaturas estampará la fecha efectiva de recepción de éstas, refrendándolas con su firma y entregando copia al interesado, ya sea en forma personal o por carta certificada o electrónica.

En el caso en que la organización sindical se encuentre sin directiva vigente, los socios designarán una comisión electoral integrada por 3  miembros, quienes se encargarán de recepcionar las candidaturas en los términos indicados en los incisos anteriores, como asimismo, efectuar los trámites que correspondan para la asistencia del ministro de fe en el acto eleccionario.

Una vez recepcionadas las candidaturas, estas se publicarán colocándolas en sitios visibles de la sede social, sin perjuicio de que los propios interesados utilicen carteles u otros medios de publicidad para promover su postulación.

Corresponderá al secretario o a la comisión electoral en su caso, comunicar personalmente por escrito o mediante carta certificada la circunstancia de haberse presentado una candidatura a la Inspección del Trabajo respectiva, dentro de los dos días hábiles siguientes a su formalización.

En el evento que esta organización, tenga el porcentaje de afiliación femenina definido en el artículo 7° de este estatuto, se tendrá presente que, dependiendo del número de socios, uno o más de los cargos, con derecho a las prerrogativas legales, sólo podrá ser ocupado por mujeres. En el caso que no existan candidatas para proveer ese o esos cargos, se elegirán el número de dirigentes conforme a las reglas generales contenidas en este artículo, lo mismo ocurrirá si solo se presentan candidatas a los cargos a ocupar.

En tanto si se presenta un número inferior de candidatas que los cargos, con derecho a las prerrogativas legales a llenar por mujeres acorde al número de socios que tiene la organización, el o los cargos restantes serán provistos por los candidatos varones de conformidad al número de votos que obtengan.

ARTÍCULO 9º: Para los efectos de que los candidatos a directores gocen de fuero, la directiva de la organización sindical o la comisión si correspondiera, deberá comunicar por escrito al empleador y a la Inspección del Trabajo respectiva la fecha de elección de la mesa directiva, para lo cual tiene como plazo un máximo de 15 días anteriores a la celebración de ésta.

ARTÍCULO 10º: Para ser director del sindicato, el socio o la socia, además de cumplir con lo prescrito en el artículo 8º de este estatuto, deberá reunir los siguientes requisitos:

ARTÍCULO 10º: Para ser director del sindicato, el socio o la socia, además de cumplir con lo prescrito en el artículo 8º de este estatuto, deberá reunir los siguientes requisitos:

1. Saber leer y escribir.

2. Ser mayor de 18 años.

3. No haber sido condenado ni hallarse procesado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. Esta inhabilidad sólo durará el tiempo requerido para prescribir la pena, señalado en el artículo 105 del Código Penal. El plazo de prescripción empezará a correr desde la fecha de la comisión del delito.

4. Estar al día en las cuotas sociales.

5. Poseer una antigüedad igual o superior a un Año(1) como socio en la organización, salvo que la misma tuviere una existencia menor.

6. No haber tenido participación directa en los hechos que hubieren dado lugar a la censura del directorio del cual haya formado parte, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38º, inciso tercero del presente estatuto.

SOLO VOTAN QUIENES TIENEN UNA ANTIGÜEDAD EN EL SINDICATO DE 3 MESES (30 DE ABRIL DE 2018) 

1. Para poder participar en esta votación, el socio deberá poseer una antigüedad igual o superior a 90 días, salvo que el sindicato tenga una existencia menor.

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